Remates Judiciales en Chile: Guía Definitiva para Invertir 2026

Publicado el 25 de marzo de 2026 · Actualizado el 5 de mayo de 2026

⚠️ Esta guía es informativa. Cada remate tiene condiciones propias: siempre debes revisar las bases del remate, analizar el expediente judicial, evaluar la situación del inmueble y asesorarte antes de ofertar.

¿Quieres comprar una propiedad bajo el precio de mercado? Los remates judiciales pueden ser una excelente oportunidad de inversión, pero también implican riesgos legales, procesales y tributarios que no siempre se explican correctamente. Esta guía te entrega una visión completa —legal y práctica— para que puedas participar informado y evitar errores costosos.


1. ¿Qué es un remate judicial?

Un remate judicial es una subasta pública ordenada por un tribunal para vender un bien —generalmente un inmueble— y pagar con su producto una deuda del ejecutado. El procedimiento está regulado por el Código de Procedimiento Civil.

Quién lo ordena
Un tribunal civil, no el dueño
Para qué
Pagar una deuda con el producto de la venta
Regulación
CPC arts. 481–502 y concordantes

Diferencias con una compraventa tradicional: no hay negociación directa con el vendedor, el tribunal reemplaza la voluntad del dueño y la interpretación legal es más restrictiva para el comprador.


2. Naturaleza jurídica del remate

Desde el punto de vista legal, el remate es una venta forzada judicial. Esto tiene tres consecuencias importantes para el inversor:

  • No existen las garantías típicas de una compraventa voluntaria (saneamiento por evicción y por vicios ocultos operan con limitaciones).
  • El comprador asume mayores riesgos que en una operación tradicional.
  • La interpretación jurídica es más restrictiva: lo que no está en las bases y en la ley, no se presume.

¿Cuándo se perfecciona la adquisición?

Adjudicarte un bien en remate no te hace dueño todavía. Para eso se requieren tres pasos copulativos:

1
Acta de remate
El tribunal extiende el acta en el libro de remates. Para bienes raíces, esta acta equivale al contrato perfecto de compraventa.CPC art. 495
2
Resolución aprobatoria
El tribunal dicta una resolución que aprueba el remate, verifica que se cumplieron los plazos y ordena otorgar la escritura pública.CPC art. 495
3
Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces
Solo con la escritura definitiva inscrita en el CBR competente adquieres el dominio legal del inmueble. Sin inscripción, no eres dueño.CPC art. 497 / CC art. 686
Importante: entre el remate y la inscripción pueden pasar semanas o meses. Los tiempos dependen del tribunal, la disponibilidad notarial y la gestión del adjudicatario.

3. ¿Dónde encontrar remates? (y cómo te ayuda Capital Remates)

Los remates activos en Chile se publican en:

  • Oficina Judicial Virtual (OJV) del Poder Judicial — oficinajudicialvirtual.pjud.cl
  • Diarios de publicaciones legales de cada comuna
  • Plataformas especializadas como capitalremates.cl

¿Qué ofrece Capital Remates?

Centralizamos todos los remates judiciales activos del país con la información clave para tu análisis:

Dato¿Qué te permite?
Postura mínima en CLP y UFSaber exactamente desde cuánto se puja
Análisis económicoComparar precio vs. valor de mercado con percentiles P25–P75
ComparablesVer propiedades similares en un radio de 1 km
Desglose de costos estimadosCalcular la inversión inicial real (incluye CBR, escritura, honorarios)
Historial PJUDAcceder al expediente judicial con movimientos recientes
Datos del procesoROL, tribunal, tipo de juicio, martillero si aplica
Mapa y ubicación exactaVer entorno, comparables cercanos y accesibilidad

Cientos de remates activos con toda la información para tu análisis.

Ver remates activos

4. Análisis previo: lo que realmente debes revisar

Aquí se define si estás frente a una buena inversión o a un problema legal disfrazado de oportunidad. Son cuatro frentes que deben revisarse todos antes de pujar:

4.1 Bases del remate (OBLIGATORIO)

Es el documento que fija las reglas específicas de ese remate. Incluye:

  • Postura mínima
  • Monto y forma de la garantía
  • Plazo y forma de pago del saldo
  • Sanciones por incumplimiento
  • Condiciones del inmueble y reglas de entrega

Son obligatorias para todos los participantes. En cada ficha de Capital Remates aparece el tribunal o martillero para solicitarlas.

4.2 Expediente judicial

En la OJV conviene revisar:

  • Bases del remate aprobadas por el tribunal (no las meramente propuestas)
  • Última resolución para confirmar que el remate no esté suspendido ni reprogramado
  • Mínimo vigente y eventual rebaja para segundo o tercer llamado
  • Documentos adjuntos: certificados del CBR, tasación pericial si la hay, avalúo SII, plano

El remate judicial sanea automáticamente las hipotecas y embargos inscritos (purga de hipoteca). Lo relevante para el inversor es confirmar que el remate se realice en la fecha informada y conocer lo que el propio expediente ya aporta.

4.3 Estudio de título

Con el ROL de avalúo del inmueble, pides al Conservador:

  • Certificado de dominio vigente
  • Certificado de hipotecas, gravámenes y prohibiciones
  • Certificado de embargos

Antes de pedirlos, revisa el expediente: gran parte de estos certificados ya están adjuntos a la causa (los aportó el propio ejecutante al iniciar el juicio), e incluso suele estar la tasación pericial del inmueble. Conviene revisar la OJV primero, podrías ahorrarte buena parte del trámite.

En Capital Remates mostramos el ROL de avalúo en cada ficha para que puedas encargar el estudio en pocos minutos si lo necesitas actualizado.

4.4 Situación material del inmueble

Verificar —en la medida de lo posible— si está ocupado, su estado físico y su ubicación real. Este es uno de los mayores riesgos del remate.

Por regla general no existe una visita al interior del inmueble antes del remate. La verificación del estado físico se hace desde el exterior, con imágenes satelitales, datos del SII y consultas con vecinos. Se detalla en el punto siguiente.

Pregunta frecuente

¿Puedo visitar la propiedad antes del remate?

En la gran mayoría de los remates judiciales NO es posible visitar la propiedad antes de la subasta. El inmueble se adquiere ad corpus, tal como se encuentre al momento del remate: ocupado por los ejecutados, dañado, con reformas no regularizadas o con lo que sea que aparezca al tomar posesión.

En algunos casos las bases autorizan visitas con autorización previa del tribunal, pero es la excepción, no la regla. Cualquier inversión en remates debe contemplar desde el inicio los costos de reparación y gestión de ocupación posteriores a la adjudicación.


5. Garantía para participar (caución)

Para participar como postor en un remate debes constituir una garantía a la orden del tribunal que conoce la causa. Sin garantía, no puedes pujar.

Monto habitual
10% del mínimo del remate
A nombre de
Tribunal que conoce la causa
Si no ganas
Se devuelve íntegramente

Formas de entrega de la caución

Dónde y cómo se entrega la garantía depende de lo que disponga el tribunal en las resoluciones del expediente. Las modalidades más frecuentes son:

ModalidadCómo se haceCuándo aplica
Vale vista bancario entregado físicamenteSe emite un vale vista a la orden del tribunal y se entrega en la Secretaría del juzgado dentro del plazo fijado por las bases. Queda registrado en el expediente.Remates conducidos directamente por el tribunal.
Transferencia electrónicaSe transfiere el monto a la cuenta corriente del tribunal. Los datos de la cuenta aparecen publicados en la resolución correspondiente del expediente en la OJV.Cada vez más tribunales lo aceptan como alternativa al vale vista físico. Muy común en remates electrónicos bajo Ley N°21.394.
Entrega al martillero públicoSe entrega directamente al martillero a cargo del remate. Sus datos de contacto aparecen en el aviso y en las bases.Remates conducidos por martillero público designado por el tribunal.
Consignación judicialDepósito a la orden del tribunal mediante el sistema de consignaciones del Poder Judicial.Modalidad supletoria cuando las bases lo permiten.
Primer paso siempre: revisar la causa en oficinajudicialvirtual.pjud.cl. En el expediente vas a encontrar las resoluciones del tribunal con las instrucciones exactas de la garantía para ese remate: monto, forma de entrega, plazo y, si aplica, datos de la cuenta para transferencia.
Si ganas y no pagas el saldo: pierdes la caución íntegramente y puedes ser condenado a pagar la diferencia entre tu postura y el precio que se obtenga en un nuevo remate (CPC art. 495). Es un riesgo subestimado que se materializa cuando el financiamiento no estaba preparado.

6. Cómo funciona la subasta

La mecánica de la puja varía según el tribunal y si el remate se realiza en estrados (presencial) o a través de la OJV (electrónico), pero las reglas base son las mismas.

Reglas básicas

  • La puja parte desde la postura mínima fijada por el tribunal.
  • Cada nueva oferta debe ser estrictamente superior a la anterior.
  • No se admite ofertar el mismo monto que otro postor.
  • Solo pueden pujar quienes hayan constituido previamente la caución.

Incremento de las pujas

Si las bases establecen un tramo mínimo de puja, cada oferta debe superar a la anterior en al menos ese monto. Si no lo establecen, los incrementos pueden ser bajos (por ejemplo, $50.000 o $100.000), pero siempre superiores a la última oferta.

Remates electrónicos (Ley N°21.394 y modificaciones): la gran mayoría de los juzgados civiles realizan hoy las subastas en la OJV. La postulación, presentación de caución (vale vista digitalizado o transferencia) y participación en el remate se hacen en línea con ClaveÚnica. Las reglas de plazos, avisos, mínimo y pago se mantienen iguales.

7. Adjudicación: qué pasa si ganas

7.1 Acta de remate

Una vez cerrada la puja, el tribunal (o el martillero ante el tribunal) levanta el acta de remate, que identifica al adjudicatario, fija el precio final y se incorpora al libro de remates del tribunal. Para bienes raíces, esta acta constituye el contrato perfecto de compraventa.

7.2 Pago del saldo del precio

El saldo debe pagarse:

  • Dentro del plazo fijado en las bases.
  • Supletoriamente, al 5° día hábil tras el remate (CPC art. 491).
  • En materia civil, son días hábiles de lunes a sábado, excluidos domingos y festivos (CPC art. 66).
Si no pagas el saldo en el plazo:
  • Pierdes la caución (el 10% que consignaste para participar).
  • Puedes ser condenado a pagar la diferencia entre tu postura y el precio del nuevo remate.
  • Se puede repetir el remate con los costos correspondientes.

7.3 Resolución que aprueba el remate

Con el pago completo del saldo, el tribunal dicta la resolución aprobatoria del remate, que ordena extender la escritura pública de adjudicación y, posteriormente, la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.


8. Financiamiento: el filtro real del remate

Pregunta frecuente

¿Puedo pagar la adjudicación con crédito hipotecario o leasing?

No. El plazo corto de pago (habitualmente 5 a 7 días hábiles) impide financiar la adjudicación con crédito hipotecario tradicional, leasing habitacional o cualquier producto bancario que requiera tramitación previa: tasación, aprobación de comité, escritura y desembolso toman semanas o meses.

Solo debes participar en un remate si cuentas con el 100% del precio disponible en efectivo o en vale vista al momento de la subasta. Esta es una de las diferencias estructurales más importantes respecto a una compra tradicional y el principal filtro de quién puede efectivamente invertir en remates judiciales.

Fuentes de financiamiento que sí funcionan

  • Fondos propios líquidos disponibles en cuenta bancaria o depósito a plazo con vencimiento anterior al remate.
  • Crédito de consumo preaprobado con desembolso rápido, para el porcentaje que falte.
  • Financiamiento privado con inversionistas o family offices (habitual en operaciones de flip).
  • Reinversión post-adjudicación: una vez inscrito el dominio a tu nombre, sí puedes gestionar un crédito hipotecario con el propio inmueble en garantía para liberar capital, aunque esto implica que el banco luego tase, apruebe y desembolse con el plazo normal del producto.

9. Inscripción y adquisición del dominio

Con el acta de remate, la resolución aprobatoria y el comprobante de pago del saldo, el tribunal (o la parte) gestiona la escritura pública de adjudicación ante notario. Esa escritura se inscribe en el Conservador de Bienes Raíces competente y —solo entonces— adquieres el dominio legal del inmueble.

El CBR solo admite la escritura definitiva (no el acta de remate sola) para inscribir el dominio. Saltarse este paso es un error común que genera problemas al momento de querer vender o gravar el inmueble.

10. Ocupación del inmueble y lanzamiento

El inmueble no puede ser visitado antes de la subasta. Puedes mirar por fuera, pero no entrar.

Este es el principal riesgo práctico del remate. Ganar la subasta te otorga el dominio legal, pero no necesariamente la posesión material inmediata del inmueble.

¿Qué ocurre si el inmueble está ocupado?

Debes solicitar al tribunal el lanzamiento con auxilio de la fuerza pública. Puntos clave:

  • No es automático: debe solicitarse expresamente por escrito.
  • Puede haber oposición del ocupante (tercerías de posesión, arrendamientos inscritos, etc.).
  • Las bases del remate pueden indicar plazo de entrega voluntaria y condiciones de restitución.

Realidad práctica

El lanzamiento puede demorar semanas o meses desde que se solicita. Implica costos de abogado, oficiales del tribunal, eventuales arrendamientos temporales mientras no puedas tomar posesión, y el riesgo de daños al inmueble durante el proceso. No siempre se cumple el plazo indicado en las bases. Este factor debe estar en tu análisis de rentabilidad desde el primer momento.


11. Situación jurídica del inmueble (ad corpus)

El inmueble se adquiere en el estado en que se encuentra: jurídica y materialmente. El remate judicial no sanea automáticamente todos los problemas del bien.

Lo que sí sanea (si hay citación correcta)
Hipotecas inscritas con citación personal al acreedor → purga de la hipoteca (CC art. 2428)
Lo que NO sanea
Ocupantes con derechos, problemas registrales, gravámenes no citados, servidumbres, vicios constructivos
Si un acreedor hipotecario inscrito no fue citado personalmente en el juicio, su hipoteca no se purga y el adjudicatario adquiere el bien con esa hipoteca vigente. Puede costarle más que el propio precio de adjudicación. Verificar las citaciones en el expediente es innegociable antes de pujar.

12. Deudas y cargas que subsisten

No todas las deudas asociadas al inmueble desaparecen con el remate. Hay una distinción jurídica clave que el inversor debe dominar:

Tipo de deuda¿Qué pasa?Norma / fuente
Deudas personales del ejecutadoGeneralmente se extinguen con el producto del remate según el orden de prelación.CC art. 2472
Contribuciones de bienes raíces impagasCrédito de primera categoría (CC art. 2472). El adjudicatario debe pagarlas para poder inscribir el dominio en el CBR. Verificar saldo en SII y Tesorería antes de pujar.CC art. 2472 N°9
Gastos comunes atrasadosEn propiedades sujetas a copropiedad inmobiliaria, los gastos comunes adeudados pueden ser cobrados al nuevo propietario. Pedir certificado al administrador es obligatorio.Ley N°21.442 art. 7
Servicios básicos (luz, agua, gas)Por regla general son deudas personales del ocupante, no del inmueble. Pero conviene verificar que los servicios no estén cortados antes de la adjudicación.
Hipotecas no purgadasSubsisten vigentes sobre el inmueble y el acreedor conserva su derecho de persecución. Ver sección 11.CC art. 2428
Servidumbres y gravámenes inscritosSubsisten según lo que indique el certificado de gravámenes y prohibiciones del CBR.
En propiedades con varios años de litigio, el monto acumulado de contribuciones y gastos comunes puede ser significativo. Siempre conviene descontar ese monto del precio máximo que estás dispuesto a pujar.

13. Impuestos y habitualidad (SII)

El tratamiento tributario de la operación depende de si el SII te considera inversor ocasional o con habitualidad en la actividad inmobiliaria.

Factores que analiza el SII

  • Número de operaciones inmobiliarias en un período.
  • Frecuencia entre compra y venta.
  • Intención al momento de comprar (uso personal vs. reventa).
  • Plazo de venta: vender en menos de 1 año es un indicio relevante, pero no el único.
SituaciónTributación aplicable
No habitualMayor valor tratado según reglas del art. 17 N°8 LIR (tramos UTM exentos y renta según tipo de bien).
HabitualRenta de Primera Categoría + posible IVA si se realizan operaciones con características comerciales.
La habitualidad se evalúa caso a caso por el SII. Antes de iniciar una estrategia de inversión recurrente en remates, conviene planificar con un contador o asesor tributario para anticipar el tratamiento y estructurar correctamente la operación.

14. Costos reales del remate

Muchos inversionistas solo miran el precio de adjudicación y olvidan los costos asociados. Un buen análisis contempla:

ConceptoMonto aproximadoMomento
Precio de adjudicaciónVariable (desde la postura mínima)Día del remate + 5 días hábiles
Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces~0,2%–0,3% del avalúoAl inscribir dominio
Escritura pública de adjudicación~10–15 UFPost-resolución aprobatoria
Honorarios legales (abogado)Variable (desde 1% del precio)Según etapa de asesoría
Lanzamiento (si aplica)Variable según complejidadPost-inscripción
Contribuciones atrasadasVariable (consultar SII)Antes de inscribir
Gastos comunes atrasadosVariable (consultar administración)Para tomar posesión
Reparaciones del inmuebleVariable (no se puede inspeccionar antes)Post-posesión

En cada ficha de Capital Remates encontrarás un desglose estimado de inversión inicial que considera los costos legales y registrales. Los costos de ocupación y reparación deben estimarse caso a caso.


15. Errores más comunes del inversor

Errores prácticos que se repiten y que suelen generar pérdidas económicas evitables.

① No leer las bases del remate

Las bases son la "ley del contrato" para el adjudicatario. Pueden establecer plazos de pago distintos, gastos adicionales, restricciones de uso o condiciones de entrega. Participar sin leerlas es un error grave que puede generar pérdidas no contempladas.

② No revisar el expediente en la OJV

La existencia de incidentes, nulidades pendientes, tercerías, o la falta de citación personal a acreedores hipotecarios se detecta solo leyendo el expediente digital completo en oficinajudicialvirtual.pjud.cl.

③ No pedir estudio de títulos

Sin el certificado de hipotecas, gravámenes y prohibiciones del CBR no se puede evaluar correctamente qué cargas subsisten tras el remate. Ahorrarse ese trámite es ahorrar en lo que menos se debe.

④ Asumir que puede visitar la propiedad

Como regla general no se autorizan visitas al interior antes del remate. Quien se adjudica un inmueble asume el estado material tal cual esté al tomar posesión: ocupado, dañado, con o sin terminaciones.

⑤ Asumir financiamiento con crédito hipotecario o leasing

Los plazos de pago del saldo (5 a 7 días hábiles) hacen materialmente imposible gestionar un crédito hipotecario o leasing tradicional. Quien puja sin tener el dinero líquido o en vale vista arriesga perder la caución y enfrentar responsabilidad por la diferencia en el nuevo remate.

⑥ No calcular contribuciones ni gastos comunes

Las deudas de contribuciones y gastos comunes pueden ser significativas en propiedades con años de litigio y las termina pagando el adjudicatario. No estimarlas antes de pujar altera la rentabilidad real del proyecto.

⑦ Subestimar el costo y tiempo del lanzamiento

Si el inmueble está ocupado, el juicio de lanzamiento puede tardar meses y tener costos no menores. No incluir este factor en el análisis de rentabilidad es uno de los errores más frecuentes en inversores primerizos.

⑧ No evaluar el tratamiento tributario

Adquirir varios inmuebles en remate sin planificación tributaria puede gatillar habitualidad ante el SII y cambiar drásticamente el margen esperado de la operación.


16. Checklist antes de pujar

Un inversor preparado revisa todos estos puntos antes de constituir la caución.

Documentación legal
  • ✅ Leí íntegramente las bases del remate aprobadas por el tribunal
  • ✅ Revisé el expediente completo en la OJV (PJUD)
  • ✅ Tengo certificado de dominio vigente
  • ✅ Tengo certificado de hipotecas, gravámenes y prohibiciones
Situación económica y fiscal
  • ✅ Certificado de deudas de contribuciones (SII)
  • ✅ Consulta de deudas en Tesorería General de la República
  • ✅ Certificado de gastos comunes al día (si aplica)
  • ✅ Calculé costos notariales y de inscripción en CBR
  • ✅ Planifiqué el tratamiento tributario (habitualidad)
Riesgos materiales y de posesión
  • ✅ Verifiqué si hay ocupantes (deudor, arrendatarios, terceros)
  • ✅ Estimé costo y tiempo del eventual lanzamiento
  • ✅ Hice inspección exterior del inmueble
  • ✅ Asumo que no podré inspeccionar el interior antes del remate
  • ✅ Presupuesté reparaciones y acondicionamiento
Liquidez y operación
  • ✅ Tengo el vale vista o transferencia (caución 10%) listo
  • ✅ Tengo el 100% del saldo disponible en efectivo o vale vista
  • ✅ Confirmé que NO necesito crédito hipotecario ni leasing
  • ✅ Registré usuario en la OJV (si remate electrónico)
  • ✅ Definí mi límite máximo de puja y no lo superaré en la subasta

Con el checklist en mano, explora los remates activos en todo Chile.

Ver remates disponibles

Conclusión

El remate judicial no es una compra simple: es una operación jurídica compleja con riesgos específicos y un plazo de pago que descarta el financiamiento bancario tradicional. La diferencia entre una buena inversión y un problema legal está en la revisión previa del expediente, el análisis jurídico de las cargas que subsisten, la evaluación realista del riesgo de ocupación y la disciplina de no pujar sin el dinero líquido disponible.

Participar informado es lo que hace la diferencia. Cada remate es distinto, y los detalles hacen la diferencia entre rentabilidad y pérdida.


Fuentes normativas
  • Código Civil de Chile — arts. 686, 1317–1351, 2428–2429, 2472, 2477, 2490, 2515, 2524
  • Código de Procedimiento Civil (Ley N°1.552) — arts. 66, 434–544, 481–502, 645–666, 758–763
  • DFL N°3 de 1997, Ley General de Bancos — arts. 103–111
  • Ley N°21.394 y sus modificaciones (remates electrónicos en la OJV)
  • Ley N°21.442 sobre Copropiedad Inmobiliaria
  • Ley sobre Impuesto a la Renta — art. 17 N°8 (mayor valor en enajenación de bienes raíces)
  • Textos vigentes disponibles en la Biblioteca del Congreso Nacional: www.bcn.cl/leychile

Última actualización: abril 2026. Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de un abogado ni de un contador. Cada remate tiene condiciones propias definidas en las bases y resoluciones del tribunal respectivo.

Explora los remates disponibles

Más de 600 remates judiciales activos con análisis económico, datos del SII y ubicación exacta.

Ver remates activos

También te puede interesar

Mi propiedad entra a remate judicial: ¿qué puedo hacer?

¿Tu propiedad está en proceso de remate? Conoce las herramientas legales disponibles para defender tu patrimonio, cómo funciona el excedente y qué acciones tomar de inmediato antes de que sea tarde.

Leer más

Remates judiciales en Chile: tipos de juicio, riesgos y checklist para inversores

Los 4 tipos de juicio que llegan a remate judicial en Chile, los 5 riesgos más costosos para el inversor y un checklist práctico antes de pujar.

Leer más